¿Qué es la Responsabilidad Civil Contractual?

Se conoce por Responsabilidad Civil Contractual, al conjunto de consecuencias del tipo jurídicas que la ley asigna conforme a las obligaciones que son derivadas de un contrato, pues la definición de esta materia es conocida también como los ”Efectos de las Obligaciones”, de acuerdo con el deber de indemnizar los perjuicios que sean causados por el incumplimiento de una obligación preexistente que se deriva de una relación contractual.

A efecto jurídico, la Responsabilidad Civil Contractual tiene fundamentos en la interacción que está basada en la interacción de dos fenómenos jurídicos:

Ley del Contrato: Comprende de todo contrato legalmente celebrado que constituye en una ley verdadera para los contratantes y no podrá ser invalidado sino por el consentimiento mutuo o por causas legales. Todo esto a manera que todo contrato lleve consigo una fuerza obligatoria que obligue al deudor a cumplir sus prestaciones.

Derecho de Prenda General: Permite que cualquier acreedor pueda solicitar al tribunal el cumplimiento de las obligaciones, por medio de la realización de todos aquellos bienes embargables del deudor, mismos que sean presentes o futuros, si este no realiza un cumplimiento voluntario, perfecto, íntegro y oportuno de su obligación.

En términos generales la Responsabilidad Civil Contractual se clasifica en función de los efectos; pues esta existe conforme al haber cumplimiento, incumplimiento o para el aseguramiento de las obligaciones que serán acordadas al momento de expedir una póliza.

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¿Para qué sirve la Responsabilidad Civil Contractual?

La Responsabilidad Civil Contractual, es aplicada conforme a la culpa y los cumplimientos a los que se obliga una compañía aseguradora, pues servirá para proceder la obligación de los contratos que tienen fuerza de ley entre las partes, misma que deriva de las obligaciones en seguridad y salud laboral que genera para el contrato, entendiendo que, al infringir las normas de prevención, el responsable del accidente estará sujeto a indemnizar los daños que se hayan producido.

Tomando en cuenta su funcionamiento y las labores que realiza, la Responsabilidad Civil Contractual sirve de acuerdo con los siguientes tipos de cumplimientos:

  • Cumplimiento Voluntario: Sobre la obligación que no será otra cosa, más que el pago efectivo y todos los modos para extinguir las obligaciones equivalentes a él, mismas que satisfacen al acreedor sin realizar una mediación o coacción.

  • Cumplimiento Forzado: Radica en la ejecución forzada de una obligación, pues su efecto se sigue al incumplimiento de la misma en forma voluntaria por el deudor.

  • Entonces la Responsabilidad Civil Contractual indemnizará la cantidad de dinero, así como los servicios que resulten necesarios, los cuales equivalgan o representen lo que se haya obtenido conforme al cumplimiento efectivo, íntegro y oportuno de las obligaciones, pues es el derecho que tendrá el acreedor para poder exigir del deudor el pago de una cantidad de dinero que sea equivalente a las ventajas o beneficios que sean acordados para el cumplimiento efectivo y oportuno de las obligaciones.

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    ¿Qué cubre la Responsabilidad Civil Contractual?

    Tomando en cuenta el funcionamiento de estas coberturas, la Responsabilidad Civil Contractual se concentra en el cumplimiento de las obligaciones pendientes, pues en primera instancia el acreedor no deberá tener derecho alguno a compeler al deudor al cumplimiento de las obligaciones.

    Para evitar que las compañías puedan actuar bajo el ejercicio de los actos o contratos negligentes o fraudulentos, el ordenamiento jurídico permitirá por parte del acreedor el ejercicio de la Responsabilidad Civil Contractual para el aseguramiento de las obligaciones, efecto jurídico que no busca el cumplimiento de estas, sino asegurarlas por medio de acciones judiciales que restringen la libertad del deudor para ejecutar u omitir actos cuyo resultado será el empobrecimiento de su patrimonio, la garantía común de los acreedores para realizarse el pago de sus obligaciones.

    Una Cobertura de Responsabilidad Civil Contractual se contraviene como obligación en la que se adoptarán todas las medidas de seguridad en caso de ocurrir un accidente con daños perjudiciales, apareciendo la responsabilidad para indemnizar todos los daños que sean causados.

    Siendo un conjunto de consecuencias jurídicas donde la ley asigna las obligaciones que sean derivadas de un contrato, resulta importante puntualizar que al haber Responsabilidad Civil Contractual, no existirá un vínculo previo entre ambas partes antes de la firma de los documentos.

    Para comprender el concepto y funciones de la Responsabilidad Civil Contractual, en ella se brindará una protección apegada a cada uno de los siguientes elementos o situaciones:

  • Hecho: Al haber RC Contractual, resulta indispensable que se produzca un hecho para que los asegurados tengan que resarcir o indemnizar a un tercero por los daños ocasionados, entonces el Hecho podrá ser intencionado o simplemente tratarse de una negligencia, pero siempre deberá de suceder.

  • Culpa: Siempre interviene cuando se habla de Responsabilidad Civil Contractual, sin embargo se tiene que distinguir la culpa y el dolo. Dolo se da cuando hay incumplimiento de un contrato a propósito, sabiendo que no se está cumpliendo con las obligaciones recogidas en un contrato. Cuando esto no ocurre, entonces existirá culpa..

  • Relación: Esta será la causa y efecto entre el hecho y el resultado, mismo que se produce en una situación en la que hay causalidad con origen de culpa y consecuencias que serán la prueba de la existencia de la culpa, existiendo un nexo entre las conductas de personas que actúan y en la producción del daño, percibiendo la imputabilidad de la persona y su obligación a responder.

  • Daño: Y por último, esta es la situación en la que existe una obligación por resarcir la Responsabilidad Civil Contractual, pues al generarse un daño o perjuicio reparable y cuantificable, el daño podrá ser material o económico, pero también moral. Entonces, al haber términos económicos, no solo habrá que valorar la pérdida que se ha sufrido, sino que también se debe tomar en cuenta la ganancia que se deja de obtener a consecuencia del acto.

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    Cobertura de Responsabilidad Civil Contractual en Seguros de Auto.

    De acuerdo con las situaciones a las que se expone un vehículo, la Responsabilidad Civil Contractual en Seguros de Auto es fundamental, debido a que esta es una cobertura que figura entre las principales en una Póliza de Seguro, pues debido a los riesgos que experimenta un conductor, ésta atenderá las dos siguientes situaciones:

  • Pérdidas por daños que sufra el vehículo en cuestión de su integridad material.
  • Pérdida por indemnizaciones que tendrá que pagar a terceras personas.

  • Puntualizando en estos dos puntos, la protección de una Cobertura de Responsabilidad Civil Contractual se concentra en la consecuencia de los daños por lesiones o muerte que se causen con ocasión de la conducción del vehículo, dando apertura a la protección de estos riesgos.

    Uno de estos será para cubrir las pérdidas parciales y totales por averías que sufra el automóvil asegurado, y otro en el valor de las indemnizaciones que tendrá que pagar el asegurado durante el evento que cause lesiones, muerte o daños a los bienes materiales de terceros con el vehículo asegurado, pues el amparo de RC Contractual se hará cargo de los gastos de defensa para el cliente durante los procesos que remedien los hechos a terceros afectados afectados.

    En términos generales, la Responsabilidad Civil Contractual surge por el incumplimiento de las obligaciones ante terceros, siempre que estas en el incumplimiento genere daños que tengan como fuente un contrato celebrado entre las partes.

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    Exclusiones de la RC Contractual.

    Sin embargo, como toda cobertura en seguros, la Responsabilidad Civil Contractual mantiene ciertas exclusiones en sus términos, estas son:

  • X Actos o situaciones de mala fé o que se provoquen con dolo de los asegurados.
  • X Cuando los eventos superen lo acordado, en este caso pasa a ser “Extracontractual”.
  • X Accidentes o siniestros que no estén estipulados en la Cobertura de RC Contractual.

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    Beneficios de la RC Contractual.

  • ✔ Remediará los daños físicos o materiales, es decir a personas o cosas, los cuales se reparan bajo los criterios y normas que serán establecidos en el Contrato de Seguros.

  • ✔ Cuando los daños recaen en los bienes, las reparaciones consistirán en restituirlos atendiendo el uso y la importancia de estos.

  • ✔ La Responsabilidad Civil Contractual se establece en todas las Pólizas de Seguro sin importar el sector, pues esta es una obligación que toda compañía acordará con el asegurado.

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